De acuerdo a una nota de prensa enviada a Diario Libre, el tribunal declaró que Sutrabarrick no cuenta con la representatividad sindical para celebrar un convenio colectivo de condiciones de trabajo porque las matrículas de sus miembros no constituyen la mayoría absoluta requerida según el Código de Trabajo.
Entre las consideraciones del tribunal, está que las declaraciones respecto a la cantidad de miembros del sindicato resultaron contradictorias por varios de los representantes y testigos de Sutrabarrick que comparecieron individualmente ante el tribunal, asegurando contar con una membresía de entre 738 y 794 empleados. El tribunal determinó que de los 2,087 colaboradores que tenía Barrick Pueblo Viejo al momento de iniciar el proceso, 1,803 contaban con la capacidad de pertenecer al Sindicato, sin embargo, declaró que la matrícula de Sutrabarrick apenas ascendía a 748 afiliados.
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